Por Alejandro Torres Rivera | MINH
El
pasado lunes 5 de agosto, a las 9:00a.m. entró en vigor la Orden
Ejecutiva suscrita por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump,
aprobando nuevas sanciones contra el gobierno del presidente Nicolás
Maduro y la República Bolivariana de Venezuela. Se trata del séptimo
documento aprobado por Estados Unidos contra este hermano país. El
documento es un incremento en la política injerencista de Estados Unidos
que ya ha incluido movimientos de desestabilización violenta; intentos
de golpe de Estado; la adopción de medidas extraterritoriales dirigidas a
asfixiar económicamente al país; y la congelación de importantes
activos, materiales y monetarios, de Venezuela en bancos extranjeros e
inversiones en Estados Unidos. En esta ocasión, como ha indicado el
gobierno estadounidense a través de uno de sus principales voceros, se
pretende bloquear el acceso de Venezuela al sistema financiero
internacional.
El proceso de adopción de medidas
económicas contra Venezuela no empezó, sin embargo, con Trump. En
diciembre de 2014, bajo la Administración Obama, el gobierno de Estados
Unidos, dentro del marco de su política injerencista, aprobó la ley
titulada Ley en Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil en Venezuela.
Su origen se encuentra en un proyecto de ley sometido en el mes de
marzo de ese mismo año por parte del Senador demócrata de origen
cubano-estadounidense por el estado de Nueva Jersey, Bob Menéndez,
señalado por corrupción y enemigo de la Revolución Cubana y Bolivariana.
Ya desde entonces, la Ley facultaba al
presidente de Estados Unidos a sancionar las personas que él determinara
habían sido responsables o causantes de alegados actos de violencia
contra elementos de la oposición política en Venezuela. La Ley le
autorizaba a imponerle, a los responsables por tales actos, sanciones
que incluían, entre otras medidas, el bloqueo de sus activos, establecer
prohibiciones sobre transacciones con sus propiedades en Estados Unidos
y la revocación de sus visados y otros documentos emitidos conforme a
la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Durante al año fiscal transcurrido a
partir de la aprobación de dicha Ley, se asignaron fondos millonarios
para ser utilizados con los siguientes propósitos: (a) defender los
derechos humanos en Venezuela; (b) aumentar la capacidad de la sociedad
civil en dicho país; (c) apoyar los medios de comunicación
independientes y procurar el acceso de éstos, sin restricciones, a la
internet; (d) mejorar la transparencia gubernamental y la rendición de
cuentas; y finalmente, (e) ayudar a la sociedad civil venezolana, a
periodistas y a manifestantes que el presidente de Estados Unidos
determine hayan sido víctimas de la represión por parte del actual
gobierno venezolano.
El 12 de febrero de 2015 el gobierno
venezolano hizo público la manera en que los organismos de seguridad del
Estado habían logrado frustrar una nueva intentona golpista contra el
gobierno de Nicolás Maduro. Los intentos de Golpe de Estado en
Venezuela, como sabemos, ni son un planteamiento teórico, ni constituyen
un elemento discursivo, ni son cosa nueva. Recordemos que ya en febrero
de 2002 se desarrolló un frustrado Golpe de Estado contra el gobierno
del presidente Hugo Chávez Frías. Igualmente, durante los años 2014 y
2015 la oposición política venezolana, tras su derrota en diversos
procesos electorales, promovió un clima de inseguridad y violencia en el
país con el objeto de establecer condiciones que propiciaran otro Golpe
de Estado y más adelante, un intento por asesinar en un acto público al
presidente Maduro.
El 9 de marzo de 2015 el presidente Obama promulgó una Orden Ejecutiva titulada Contributing to the situation in Venezuela
(“Contribuyendo a la situación en Venezuela”). En ella incluyó a siete
funcionarios de alto nivel del gobierno venezolano vinculados a la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y la fiscalía, los cuales
desempeñaron desde sus respectivas responsabilidades públicas un rol
activo en el proceso de desbaratar, en forma anticipada, el intento de
Golpe de Estado fraguado para el 12 de febrero de 2015. La Orden Ejecutiva
no cumplía otro propósito que pretender deslegitimar precisamente a
funcionarios que, como indicamos, jugaron un papel clave en desarticular
la intentona golpista. Con tal proceder, Estados Unidos procuraba
estigmatizar cualquier gestión que dichos funcionarios llevaran a cabo
en el futuro contra la oposición política golpista y en la defensa y
protección de los intereses del Estado venezolano.
En el año 2015 la Casa Blanca hizo público una versión editada de un estudio titulado Estrategia Nacional de Seguridad (2015). En
él, la Rama Ejecutiva de Estados Unidos de América delinea cada
quinquenio, lo que serán los énfasis de su gobierno en materia de
seguridad. Al momento en que se aprobó este documento, Estados Unidos
estaba sirviendo de apoyo a una nueva patraña golpista contra el
gobierno del presidente Nicolás Maduro. Contrario a lo que Estados
Unidos afirma como parte de esta Estrategia Nacional de Seguridad,
no era el gobierno de Nicolás Maduro el que en Venezuela contribuía a
la destrucción de la democracia, sino que era el propio Gobierno de
Estados Unidos el responsable de apoyar la política de un Golpe de
Estado. A lo largo de los años que lleva la Revolución Bolivariana,
Estados Unidos no ha cesado en promover la desestabilización del
gobierno bolivariano mediante el respaldo a grupos de pandilleros y
delincuentes que promueven la violencia.
El proceso de desestabilización contra
Venezuela en los pasados años con la llegada de Donald Trump a la
presidencia tampoco ha tenido pausa. La nueva Orden Ejecutiva de Trump
ciertamente es un incremento en las agresiones de Estados Unidos contra
el gobierno venezolano. Si como muestra un botón basta, en el mes de
mayo pasado su administración estableció sanciones relacionadas con el
transporte de petróleo a Cuba; durante los días 19 y 22 de julio aviones
espías volaron en las inmediaciones del espacio aéreo venezolano; y el 1
de agosto se amenazó con establecer una “cuarentena” que, si se toma
como base la experiencia cubana en los años sesenta, hablamos de un
bloqueo naval contra dicho país. De hecho, no pasa desapercibido las
expresiones del Asesor en Seguridad Nacional del presidente
estadounidense, John Bolton, a los efectos de indicar que ahora era el
momento de actuar indicándole a la Federación Rusa que no hiciera una
mala apuesta en dos ocasiones.
De acuerdo con la Sección 1 de la Orden
Ejecutiva, “todas las propiedades e intereses” propiedad del gobierno
venezolano en Estados Unidos; o de aquellos que en adelante ingresen en
su país; o pasen a la posesión o control de estadounidenses, serán
“bloqueadas y no podrán ser transferidos, pagados, exportados, retirados
o intercambiados de ninguna manera”.
En su Sección 2 indica que las sanciones
prohíben el “ingreso irrestricto como inmigrantes y no inmigrantes a
Estados Unidos de extranjeros de quienes se determine que reúnan uno o
más de los criterios en la sección 1 (b) que serían perjudiciales a los
intereses de Estados Unidos, salvo que el “Secretario de Estado
determine que la entrada de la persona no sería contraria a los
intereses de Estados Unidos”; o cuando, mediante una “recomendación del
Secretario de Justicia, la persona promovería objetivos importantes de
seguridad de Estados Unidos”.
La Orden Ejecutiva contempla que se
emite “sin perjuicio de cualquier contrato celebrado o cualquier
licencia o permiso otorgado antes de entrada en vigencia de esta Orden.”
Queda exceptuada del alcance de la Orden
Ejecutiva que, en situaciones en que el gobierno de Estados Unidos esté
involucrado en una operación, transacción o se plantee acordar
asistencia en temas como alimentos, vestimenta y medicamentos para
atender o amortiguar una crisis humanitaria, pueda desarrollarse alguna
actividad comercial con el gobierno venezolano.
Al día siguiente de emitirse la Orden,
el gobierno de Estados Unidos enmendó una disposición sobre las
prohibiciones de viajes a Venezuela, emitidas mediante la Orden
Ejecutiva, estableciendo 13 excepciones.
Al referirse la Orden al término
“gobierno de Venezuela”, se incluye toda subdivisión política, agencia o
entidades del gobierno, incluyendo al Banco Central de Venezuela, y a
la empresa venezolana Petróleos de Venezuela S. A. (PDVSA)
De acuerdo con Marino de Alba, en su artículo publicado el 7 de agosto en http://www.prodavinci.com:
“La Orden Ejecutiva no limita las
actividades de las empresas privadas venezolanas o extranjeras siempre y
cuando no quede duda que esas empresas privadas no están asistiendo,
patrocinando o proporcionando asistencia financiera, material o
tecnológica al gobierno de Venezuela. Por consiguiente, si una empresa
privada venezolana o extranjera tiene algún tipo de relación con el
gobierno venezolano que pudiese llevar al gobierno estadounidense a
entender que hay una relación de asistencia o patrocinio, ahora existe
un riesgo alto para esas empresas en Estados Unidos. Especialmente si
cuentan con activos o presencia bajo la jurisdicción estadounidense,
incluyendo sus cuentas bancarias, o sus directivos o accionistas suelen
viajar a Estados Unidos. En definitiva, los riesgos de sostener
relaciones comerciales con el gobierno venezolano han aumentado
significativamente.”
En los pasados meses el gobierno de
Estados Unidos ya ha impuesto sanciones a más de un centenar de
individuos y entidades venezolanas. Se indica que la “Conferencia
Internacional por la Democracia en Venezuela”, organizada por el
denominado “Grupo de Lima”, y de la cual participan 59 países y tres
organismos internacionales, a saber, el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), El Banco de Desarrollo de América Latina; y la Unión
Europea, también se proponen establecer sanciones económicas contra la
República Bolivariana de Venezuela.
Sin que hayan impuesto aún estas nuevas
sanciones, lo cierto es que sobre el gobierno venezolano pesan las
medidas que se han venido adoptando en los pasados meses. Al presente se
estima en 16.3 millones de venezolanos, los que necesitan el apoyo de
los Comités Locales de Abastecimiento y Producción CLAP’s) para atender
sus necesidades inmediatas. Algunas fuentes indican que, al presente, el
90% de los venezolanos no cuentan con ingresos suficientes para atender
plenamente sus necesidades alimentarias y que el 51% de los hogares
vive en condiciones de pobreza.
A pesar de la desgracia que representa
para el país y para su población estas sanciones, las anteriores y las
nuevas, el presidente de encargo, el pretendido usurpador de la
constitucionalidad venezolana, Juan Guaidó, está que baila en un solo
pie, señalando que las medidas benefician al pueblo venezolano e
ilusionado por los efectos que estas nuevas medidas tengan en su empeño
por derrocar la fuerte alianza cívico-militar que apoya al gobierno
bolivariano.
A juicio del periódico El Nuevo Herald, las
medidas adoptadas contra Venezuela colocan a este país en igualdad de
condiciones que en el pasado a Cuba, la República Popular Democrática de
Corea y la República Islámica de Irán; o como hemos visto, además, a la
República Árabe Siria. Señala este periódico con razón que, de acuerdo
con el Derecho Internacional, quien único está facultado para imponer
sanciones contra otro Estado es el Consejo de Seguridad de las Naciones
Unidas. Por esas razones se han emitido múltiples resoluciones, al menos
una cada año, de condena por parte de la comunidad internacional
rechazando el Bloqueo de Estados Unidos contra Cuba.
De acuerdo con el escrito publicado en
ALAI América Latina en Movimiento el pasado 6 de agosto, la prestación
“de servicios públicos esenciales, como electricidad y agua, que
dependen de tecnologías (en gran parte) estadounidenses y que son
suministradas por empresas ligadas a ese país, podrían verse más
comprometidas dada la imposibilidad de que estos proveedores puedan
efectuar acuerdos directos o indirectos con el Estado venezolano.” De
acuerdo con el periódico The Wall Street Journal, es la primera
vez en más de 30 años que Estados Unidos aplica este tipo de sanciones
contra un gobierno en este Hemisferio. Evidentemente, el periódico
olvida el caso de Cuba y los efectos de la Ley Helms-Burton, entre
otras.
Las sanciones se producen a pesar del
desarrollo de conversaciones entre las partes afectadas por el conflicto
en Venezuela, desarrolladas en Oslo, Noruega y que continúan en
Barbados con el apoyo y auspicio del gobierno noruego. Sin embargo, es
precisamente la imposición de estas nuevas sanciones y la convocatoria a
la Conferencia Internacional por la Democracia en Venezuela hecha por
el “Grupo de Lima”, lo que ha llevado al gobierno venezolano, al menos
de manera inmediata, a retirarse de tales conversaciones con la
oposición venezolana.
La solidaridad internacional hacia
Venezuela no se ha hecho esperar. Recientemente se produjo el
pronunciamiento del Foro de Comunicación para la Integración de Nuestra
América, donde el organismo “condena el endurecimiento del bloqueo
contra Venezuela anunciado por el presidente Donald Trump”. Señala el
comunicado que las nuevas medidas, que afectan al pueblo, tienen como
objeto “continuar un plan golpista de desestabilización que pretende
llevar al país a una guerra civil.” En referencia a la Conferencia por
la Democracia, reunida en Lima, señala que quienes promueven la
actividad, y que “alegan la potestad de querer decidir el destino de una
nación hermana soberana se autoerigen en fiscales de una supuesta
necesidad de democratización para Venezuela.” En su mayoría, sostiene el
Foro, “los países latinoamericanos asistentes no son precisamente un
modelo de respeto a la voluntad popular ni a los derechos humanos en sus
propios territorios. Mucho menos de civismo, ética, prosperidad o
justicia social, por lo que sostenemos que es precisamente esta
incoherencia la que se pretende oculta buscando colocar como chivo
expiatorio al gobierno de Venezuela, al tiempo de intentar lograr
réditos políticos”.
El pronunciamiento deja claro que
“ninguna sanción ni bloqueo, sino el diálogo entre los contendores
políticos en el marco del irrestricto respeto a la autodeterminación de
los pueblos, es el camino para consolidar la Paz en la región y fomentar
el bienestar del pueblo venezolano”.
Alguien dijo con sobrada razón en
relación a Venezuela, que para cada agresión siempre habrá una forma de
resistencia, por ello, contra este nuevo incremento en la agresión
contra el gobierno y el pueblo venezolano, es necesario incrementar
generosamente nuestra solidaridad.
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